Los niños de la estacion de Leningradsky

Documental que muestra la realidad de muchos niños rusos que no tienen hogar:


Canción dedicada:

La casa permacultora de un catalán

La casa permacultora de un catalán: http://www.tv3.cat/3alacarta/#/videos/3153830

The Story of Stuff

Consejos para ecoaldeas

Consejos para ecoaldeas:

Españistan

Españistan:

Permacultura vista por un niño

Permacultura según un niño:

Plantas

La comida que pisamos: Plantas que curan, plantas prohibidas:

Dos tomates

Discurso del presidente de Uruguay

Discurso del presidente de uruguay:

Energia gratis

Todos sabemos que nos toman el pelo como quieren... pero hasta que punto? En este video nos enseñan que podriamos tener un motor magnético que produjese energía gratis durante unos 300 años... Os recomiendo que le veais!

Economía del Bien Común

¿¿Quieres un mundo mejor??

Christian Felber, diseñador de la "Economía del Bien Común", nos presenta un modelo económico alternativo al sistema de mercado capitalista.

Con este modelo se pone por encima algunos valores frente al capital. Valores como el trato hacia las personas, la responsabilidad con el medio ambiente, la justicia, la democracia, etc...

Con un sistema de puntos se califica a las empresas mediante estos valores, el resultado aparece en una etiqueta en el producto final, de modo que es el cliente el que decide que productos comprar teniendo en cuenta todos los valores que rodearon al producto en su elaboración.

Direis, claro, ¡pero estos productos serán mas caros!

En este sistema se ha pensado en todo.

Se propone ofrecer ventajas en tema de impuestos, en aduanas, en creditos a empresas, etc. a las empresas que se rijan por estos valores.

De modo que al final, los productos que favorezcan al bien común serán los productos mas baratos, y los productos que no respeten los valores ya dichos serán los mas caros.

Ahora dime tu, ¿comprarías un producto que respeta el medio ambiente, que paga sueldos dignos a sus empleados... y que encima es el mas barato! O comprarias un producto contaminante que explota a sus trabajadores... y que encima es mas caro?

Espero haberme explicado bien.

Os dejo un enlace al sistema de puntos que han propuesto:
http://www.gemeinwohl-oekonomie.org/wp-content/uploads/2012/03/Matriz_Bien_Com%C3%BAn_41.pdf

Y os dejo un video en el que el propio creador os lo explica todo

11 Septiembre...

Evidencias sobre el 11 de Septiembre...

Multas por difamar el Toro de Vega

¿Dónde queda aquello de la libertad de expresión? Pretenden multar por difamar el Toro de Vega http://www.elnortedecastilla.es/20121101/local/valladolid/difamar-torneo-toro-vega-201211011856.html

Periódico CNT - ABRIL 2012


Aquí os dejo un enlace para que hecheis un vistazo al periódico de la CNT de Abril!

VER EL PERIODICO DE CNT DE ABRIL

Periódico CNT - MARZO 2012


Aquí os dejo un enlace para que hecheis un vistazo al periódico de la CNT de Marzo!

VER EL PERIODICO DE CNT DE MARZO

REFORMA LABORAL

DESPIDOS

-Despido libre y gratuito
Periodo de prueba de un año en el “contrato de pymes y autónomos”, que supone el 89% de los contratos generados según la OCDE (empresas de menos de 50 empleados).

-Despido improcedente
Se pasa de indemnizaciones de 45 días/año con un máximo de 42 mensualidades a 33 días/año con un máximo de 24 mensualidades. Para los contratos anteriores a la aprobación de la reforma se sumará la correspondiente al periodo previo correspondiente a 45 días/año y a partir de ese momento a razón de 33 días/año.

-Despido por causas objetivas:
Supone una indemnización de 20 días/año, con un máximo de 12 mensualidades. Se facilita enormemente el despido, pues simplemente vale con argumentar el descenso de beneficios (que no pérdidas) en 3 trimestres consecutivos y sin autorización administrativa previa.

-Todo despido es procedente a priori:
Será el trabajador el que tenga que acudir a los tribunales para probar la improcedencia de un despido y así poder cobrar la indemnización de 33 días/año.

-ERE liberalizado:
Al desaparecer la supervisión de la Administración, se elimina la negociación colectiva y el pacto de empresa y trabajadores. No es necesario acuerdo noautorización, sólo un juez puede paralizar el proceso iniciado por parte de la empresa.

-Despido de empleados públicos:
Las empresas y entidades con empleados públicos pueden realizar EREs de su plantilla con la simple presuposición de no obtener beneficios económicos en un futuro próximo. Como apunte recordar que muchas empresas públicas no miden sus beneficios en función de lo que ingresan, sino de los beneficios que aportan a la sociedad.

CONVENIOS:


-Caducidad de los convenios:
Los convenios no se prorrogarán más allá de 2 años desde su fecha de finalización. En la práctica supondrá el estancamiento de la negociación de los convenios por parte de la patronal, para dejar de esta manera a los trabajadores sin el amparo de un convenio colectivo.

-Ámbito de los convenios:
Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre los convenios sectoriales o de ámbito territorial.

-“Descuelgue” del convenio:
Las empresas podrán incumplir lo pactado en el convenio colectivo en caso de dificultades

CONTRATO PARCIAL Y TEMPORAL:


-Contrato a tiempo parcial:
Se permite la realización de horas extraordinarias, hasta ahora prohibidas en esta modalidad de contrato. Ahora la picaresca empresarial hará que en caso de inspección, se justifique que el trabajador esté realizando horas extras en un horario que en principio no le correspondía

-Contrato temporal:
Se limita el encadenamiento de contratos temporales consecutivos que supere los 24 meses. Aplicable a partir de 2013.

CONTRATO PYMES Y AUTÓNOMOS (el contrato estándar):

-Despido libre y gratuito el primer año:
Contrato de prueba de 1 año de duración.

-Deducción menores de 30 años:
Deducción de 3000€ para la empresa por el primer contrato a un menor de 30 años.

-Deducción jóvenes:
Deducción de hasta 3600€ en 3 años en la contratación de jóvenes de 16 a 30 años. 1000, 1100 y 1200€ el primer segundo y tercer año y 100€ por año más si es mujer, “en sectores donde este colectivo está poco representado” sic.

-Deducción parados de larga duración:
Deducción de hasta 4500€ en 3 años en la contratación deparados de larga duración mayores de 45 años y que hayan estado inactivos 12 de los últimos 18 meses. 1300€ por año y 200€ más por año más si es mujer, “en sectores donde este colectivo está poco representado” sic.

-Deducción desempleados con prestación:
El empresario obtendrá una bonificación del 50% durante 1 año de la prestación por paro que cobrara hasta ese momento el trabajador contratado. Dado que esta bonificación es de mayor cuantía que las anteriores supondrá que se primará la contratación de los parados con prestación sobre los jóvenes que buscan su primer empleo o sobre los parados de larga duración que hayan agotado esta ayuda. Simultánemente el contratado podrá cobrar voluntariamente un 25% a mayores de la prestación que venían cobrando durante.

CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJE:

-Múltiples contratos:
El trabajador podrá hacer varios contratos de formación y aprendizaje sucesivos cambiando el sector. Antes sólo se permitía un contrato de aprendizaje en toda la medida laboral. Se justifica como una oportunidad para obtener experiencia en varios campos, pero lo cierto es que precariza aún más el empleo

-Edad:
Se aumenta la edad máxima de 25 a 30 años hasta que el paro baje del 15%.

-Duración:
La duración se extiende desde los 6 meses a los 3 años.

-Retribución:
75% del salario correspondiente durante primer año y 85% durante el segundo y tercer año


DERECHOS PARA EL EMPRESARIO:

-Eliminación de las categorías profesionales:
Se elimina el sistema de clasificación por categorías profesionales y se sustituye por el de grupos profesionales. Con el aumento de movilidad en diferentes puestos de trabajo se pierden derechos adquiridos por el trabajador.

-Modificación de la jornada laboral:
El empresario tendrá libertad para modificar horarios, turnos, etc… incluso forzando situaciones insostenibles.

-Disminución de jornada laboral:
Ante situación de baja demanda la jornada laboral podrá acortarse e incluso suspenderse sin supervisión de la autoridad laboral.

-Seguridad Social:
En situaciones económicas adversas el aporte de las cuotas de la empresa a la Seguridad Social pueden verse reducidas al 50%, correspondientes a los trabajadores afectados por la disminución o suspensión de la jornada, limitado a 240 días y una antigüedad superior a 1 año.

-Pagos a cargo de las arcas públicas:
En caso de finalización de la situación en despido, el trabajador tendrá derecho al paro correspondiente a un máximo de 180 días por la reducción o suspensión de la jornada. Esto permite que las empresas hagan ERES que se extiendan por 6 meses para terminar despidiendo a los trabajadores, de esta manera la jugada la pagaremos todos

MEDIDAS PARA EL EMPLEO

-Empresas de trabajo temporal:
Se privatizan los mecanismos de inserción laboral, aumentando el peso de las ETT como agencias de colocación privada. Un parado cobrando prestación podrá ser requerido por una ETT y deberá aceptar la oferta que le propongan si no quiere perder la prestación que le corresponde. Las ETT no cobrarán al trabajador, pero sí al empresario

FORMACIÓN

-Derecho a la formación:
Se reconoce el derecho del trabajador a un permiso retribuido de 20 horas/año a partir del segundo año para la formación, vinculada al puesto desempeñado. Habrá que ver cómo se cumple esta medida.

-Cuenta formativa:
La formación realizada por el trabajador quedará recogida a modo de “vida formativa”. No aporta nada sobre el clásico currículum vitae.

-Planes formativos:
Los centros y entidades de formación acreditados podrán llevar a cabo estos planes con la aportación de dinero público

Fuente: 15M Valladolid

Periódico CNT - FEBRERO 2012



Aquí os dejo un enlace para que hecheis un vistazo al periódico de la CNT de Febrero!

VER EL PERIODICO DE CNT DE FEBRERO

Periódico CNT - ENERO 2012



Aquí os dejo un enlace para que hecheis un vistazo al periódico de la CNT de Enero!

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Periódico CNT - DICIEMBRE 2011



Aquí os dejo un enlace para que hecheis un vistazo al periódico de la CNT de Diciembre!

VER EL PERIODICO DE CNT DE DICIEMBRE